En la última entrevista que concedió Genaro Delgado Parker en Panamericana Televisión, señaló que la Sunat iba a declarar la insolvencia de ese canal.
Veamos, ¿Qué tiene que ver la Sunat con la insolvencia de Panamericana Televisión?
La insolvencia es la situación de falencia económica de una persona natural o jurídica, que ha sufrido una perdida considerable de su patrimonio o se encuentra impedida de cumplir temporal o definitivamente el pago de sus obligaciones.
¿Quiénes pueden solicitar la declaración de insolvencia?
Este es el procedimiento concursal ordinario y la pueden solicitar el deudor en los siguientes casos:
- Que un tercio de sus obligaciones se encuentren impagas y cuyo vencimiento excedan los 30 días calendarios.
- Que tenga pérdidas acumuladas, deducidas las reservas, cuyo importe sea mayor al tercio del capital social pagado.
Los acreedores también pueden solicitar la insolvencia de acuerdo a lo siguiente:
Uno o varios acreedores impagos cuyos créditos exigibles se encuentren vencidos, no hayan sido pagados dentro de los treinta (30) días siguientes a su vencimiento y que, en conjunto, superen el equivalente a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de presentación, podrán solicitar el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario de su deudor. El desistimiento de alguno de los acreedores que presentó la solicitud, luego de emplazado el deudor, no impedirá la continuación del procedimiento.
Efectos de la declaración de insolvencia
Una vez emitida la resolución correspondiente por la Comisión de Salida del Mercado o sus entidades delegadas del Indecopi, esta tiene como efecto la inmediatamente protección legal del patrimonio, que dispone la improcedencia de embargos o cualquier medida cautelar sobre los bienes del insolvente.
Las obligaciones pendientes del deudor a partir de la fecha en que se emite la declaración de insolvencia se suspenden.
La Comisión del Indecopi evaluará sí procede la reestructuración, es decir que la empresa se mantenga en actividad o se llega a su disolución y liquidación
El caso de Panamericana Televisión.
La Sunat al haber trabado la medida cautelar de embargo en forma de intervención en administración la realiza en atención a que aún no se ha declarado la insolvencia, sino no hubiera podido accionar ya que como se ha señalado, la declaración de insolvencia bloquea toda posibilidad de dictarse medidas cautelares contra el patrimonio y deja en suspenso las obligaciones contraídas y entre estas se encuentran las deudas tributarias.
Sí GDP declaraba la insolvencia en su calidad de administrador judicial sería un reconocimiento de que la empresa marchaba mal y contradecía su perorata de que no había deudas y que todo marchaba bien. Además sería una auto declaración de que no administró en la forma debida y tendría consecuencias legales ya que él responde ante el juzgado por el buen manejo de la empresa.
Al señalar que la Sunat iba a declarar la insolvencia, su intención era desviar la atención ya que A LA SUNAT NO LE CONVIENE DECLARAR LA INSOLVENCIA ya que de hacerlo se suspenden la obligaciones de pago y se sujetan a una Junta de Acreedores y el cobro tendría que hacerlo mediante un representante del MEF y se sujetaría al orden de prelación en el pago, es decir en tercer o cuarto orden.
La Sunat al trabar el embargo en forma de administración, incidirá en el pago de los tributos porqué de eso se trata, claro que tendrá que ver la forma como no impedir el normal desarrollo de la empresa. En suma ala Sunat le conviene que la empresa siga operando sin la declaración de insolvencia.
En el caso de declararse la insolvencia tienen primera preferencia las deudas de carácter laboral y los tributos en materia previsional (seguro social. etc.).
Espero haber aclarado en algo el panorama.
Marco Flores Santana
mfsabogados@gmail.com
Espacio destinado a la discusión de temas aplicables a la Ciencia política y la administración pública en el Perú.
Búsqueda personalizada
Mostrando entradas con la etiqueta medida cautelar. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta medida cautelar. Mostrar todas las entradas
martes, 2 de junio de 2009
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
Peliculas favoritas
- Mil Novecientos, Africa Mía, El Padrino y Casablanca
Promo PUCP